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1) No estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho a conducir vehículos del transporte terrestre.
2) Contar con certificado de salud para licencias de conducir, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
3) Contar con examen de conocimientos para obtener la licencia de conducir, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
4) Contar con examen de habilidades en la conducción para la categoría, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
5) Pago por derecho de trámite, indicando en la solicitud el día de pago y número de constancia de pago.
Cumplir con los aspectos normativos establecidos en el numeral 13.1 del Artículo 13 del Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de licencias de Conducir, modificado por el Decreto Supremo N° 026-2016-MTC.
1) No estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho a conducir vehículos del transporte terrestre.
2) Contar con certificado de salud para licencias de conducir, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
3) Pago por derecho de trámite, indicando en la solicitud el día de pago y número de constancia de pago.
Adjuntar copia simple de la sentencia judicial o de la resolucion judicial que dicta medida cautelar favorable a los intereses del solicitante, en caso éste tuviera según la informacion contenida en el Registro Nacional de Sanciones, multas pendientes de pago o sanciones pendientes de cumplimiento por infracciones tipificadas en el Anexo I del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, impuestas mediante actos administrativos firmes que hayan agotado la vía administrativa.
1) No contar con multas pendientes de pago ni sanciones pendientes de cumplimiento por infracciones tipificadas en el Anexo I del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la vía administrativa, según la información del Registro Nacional de Sanciones. En caso el solicitante haya impugnado en la vía contencioso administrativa, se dará por cumplido este requisito con la presentación de la copia certificada de la sentencia judicial o de la resolución judicial que dicta medida cautelar favorables a los intereses del solicitante.
2) Declaración jurada de no estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho de conducir vehículos del transporte terrestre.
3) Contar con certificado de salud para licencias de conducir, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
4) Contar con examen de conocimientos aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
5) Pago por derecho de tramitación, el cual se verificará a través del Sistema Nacional de Conductores, según número de Documento de Identidad consignado en el formulario de solicitud.
1) Nombre, domicilio, número de documento de identidad y número de licencia de conducir.
2) Contar con certificado de capacitación básica emitido por la entidad de capacitación autorizada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores Capacitados, según número de Documento de Identidad consignado en el formulario de la solicitud.
3) Contar con certificado de examen médico psicosomático apto, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
1) No se otorgará duplicados de licencias solicitantes a los que se les haya impuesto la medida preventiva de retención o suspensión de la Licencia de Conducir o a aquellos que cuenten con multas pendientes de pago o sanciones pendientes de cumplimiento por infracciones tipificadas en el Anexo I del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la vía administrativa, según la informacion del Registro Nacional de Sanciones. En caso el solicitante haya impugnado en la vía contencioso administrativa, se dará por levantada la restricción con la presentación de la copia certificada de la sentencia judicial o de la resolución judicial que dicta medida cautelar favorables a los intereses del solicitante.
2) En el caso de deterioro, deberá devolver la Licencia de Conducir deteriorada.
3) El administrado sólo queda obligado a indicar en su solicitud, el día y el número de la constancia de pago correspondiente.
1) No contar con multas pendientes de pago ni sanciones pendientes de cumplimiento por infracciones tipificadas en el Anexo I del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la vía administrativa, según la información del Registro Nacional de Sanciones. En caso el solicitante haya impugnado en la vía contencioso administrativa, se dará por cumplido este requisito con la presentación de la copia certificada de la sentencia judicial o de la resolución judicial que dicta medida cautelar favorables a los intereses del solicitante.
2) No estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho de conducir vehículos del transporte terrestre.
3) Contar con certificado de salud para licencias de conducir, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
4) Contar con constancia de Finalización del Programa de Formación de Conductores - COFIPRO, expedida y registrada en el Sistema Nacional de Conductores.
5) Contar con examen de conocimientos aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
6) Pago por derecho de trámite, indicando en la solicitud el día de pago y número de constancia de pago.
Contar con licencia de conducir de Clase A - Categoria III-A o III-B, con una antiguedad no menor de un (1) año, o con licencia de conducir de Clase A - Categoria II-B, con una antiguedad no menor de cuatro (4) años
1) No contar con multas pendientes de pago ni sanciones pendientes de cumplimiento por infracciones tipificadas en el Anexo I del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la vía administrativa, según la información del Registro Nacional de Sanciones. En caso el solicitante haya impugnado en la vía contencioso administrativa, se dará por cumplido este requisito con la presentación de la copia certificada de la sentencia judicial o de la resolución judicial que dicta medida cautelar favorables a los intereses del solicitante.
2) No estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho de conducir vehículos del transporte terrestre.
3) Contar con certificado de salud para licencias de conducir, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
4) Contar con constancia de Finalización del Programa de Formación de Conductores - COFIPRO, expedida y registrada en el Sistema Nacional de Conductores.
5) Contar con examen de conocimientos aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
6) Pago por derecho de trámite, indicando en la solicitud el día de pago y número de constancia de pago.
Contar con licencia de conducir de Clase A - Categoria II-B, con una antiguedad no menor de (2) años.
1) No contar con multas pendientes de pago ni sanciones pendientes de cumplimiento por infracciones tipificadas en el Anexo I del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la vía administrativa, según la información del Registro Nacional de Sanciones. En caso el solicitante haya impugnado en la vía contencioso administrativa, se dará por cumplido este requisito con la presentación de la copia certificada de la sentencia judicial o de la resolución judicial que dicta medida cautelar favorables a los intereses del solicitante.
2) No estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho de conducir vehículos del transporte terrestre.
3) Contar con certificado de salud para licencias de conducir, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
4) Contar con constancia de Finalización del Programa de Formación de Conductores - COFIPRO, expedida y registrada en el Sistema Nacional de Conductores.
5) Contar con examen de conocimientos aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
6) Pago por derecho de trámite, indicando en la solicitud el día de pago y número de constancia de pago.
Contar con licencia de conducir de Clase A - Categoria II-B, con una antiguedad no menor de dos (2) años.
1) No contar con multas pendientes de pago ni sanciones pendientes de cumplimiento por infracciones tipificadas en el Anexo I del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la vía administrativa, según la información del Registro Nacional de Sanciones. En caso el solicitante haya impugnado en la vía contencioso administrativa, se dará por cumplido este requisito con la presentación de la copia certificada de la sentencia judicial o de la resolución judicial que dicta medida cautelar favorables a los intereses del solicitante.
2) No estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho de conducir vehículos del transporte terrestre.
3) Contar con certificado de salud para licencias de conducir, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
4) Contar con constancia de Finalización del Programa de Formación de Conductores - COFIPRO, expedida y registrada en el Sistema Nacional de Conductores.
5) Contar con examen de conocimientos aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
6) Pago por derecho de trámite, indicando en la solicitud el día de pago y número de constancia de pago.
Contar con licencia de conducir de Clase A - Categoria I, con una antiguedad no menor de tres (3) años o con licencia de conducir de clase A - Categoria II-A, con una antiguedad no menor de un (1) año.
1) No contar con multas pendientes de pago ni sanciones pendientes de cumplimiento por infracciones tipificadas en el Anexo I del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la vía administrativa, según la información del Registro Nacional de Sanciones. En caso el solicitante haya impugnado en la vía contencioso administrativa, se dará por cumplido este requisito con la presentación de la copia certificada de la sentencia judicial o de la resolución judicial que dicta medida cautelar favorables a los intereses del solicitante.
2) No estar privado por resolución judicial firme con calidad de cosa juzgada del derecho de conducir vehículos del transporte terrestre.
3) Contar con certificado de salud para licencias de conducir, aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
4) Contar con constancia de Finalización del Programa de Formación de Conductores - COFIPRO, expedida y registrada en el Sistema Nacional de Conductores.
5) Contar con examen de conocimientos aprobado y registrado en el Sistema Nacional de Conductores.
6) Pago por derecho de trámite, indicando en la solicitud el día de pago y número de constancia de pago.
Contar con licencia de conducir de Clase A - Categoria I, con una antiguedad no menor de dos (2) años.